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	<title>Blog de Contadores y Auditores &#187; Peritaje</title>
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	<description>La Contabilidad ante el reto del tercer milenio</description>
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		<title>FELÍZ DÍA DEL CONTADOR PÚBLICO</title>
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		<pubDate>Sat, 11 Sep 2010 15:31:07 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Mediante Ley N° 23253 (Ley de Profesionalización del Contador Público) del 11 de setiembre de 1959 en nuestro país, está dedicado a conmemorar el día del Contador Público profesión delicada y compleja por su responsabilidad en todo  Ente Económico. En esta oportunidad me es muy grato dirigirme a toda la comunidad de la profesión contable, para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" title="Contador publico" src="http://www.contadoresyauditores.com/graficos/contador_publico.jpg" alt="Feliz d{ia del contador publico" width="412" height="277" /></p>
<p style="text-align: justify;">Mediante Ley N° 23253 (Ley de Profesionalización del Contador Público) del 11 de setiembre de 1959 en nuestro país, está dedicado a conmemorar el día del Contador Público profesión delicada y compleja por su responsabilidad en todo  Ente Económico.</p>
<p style="text-align: justify;">En esta oportunidad me es muy grato dirigirme a toda la comunidad de la profesión contable, para hacerles llegar un mensaje de saludo y felicitación, deseándoles a todos los Contadores y futuros colegas muchos éxitos profesionales y personales en este día muy especial.</p>
<p style="text-align: justify;">Invitarlos a reflexionar sobre el desarrollo de nuestra profesión y unir fuerzas para superar la mala imagen dejada por los que no ejercen apropiadamente la profesión y por aquellos, que anteponiendo intereses personales, han puesto en tela de juicio la integridad del Profesional contable.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-142"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Así mismo meditar sobre el rol importante que cumple el profesional Contador Público Colegiado en la vida del país, tanto a nivel público como privado, como en su función de profesional independiente, en su función docente y de investigador, enmarcados en el más alto nivel de la ética, con la cual su desempeño  exige la observancia inquebrantable de los principios de integridad, objetividad, responsabilidad  y confidencialidad.</p>
<p style="text-align: justify;">También sirva este día para continuar nuestro compromiso de ser excelentes profesionales, con una capacitación continua, llena de valores y responsabilidad social en beneficio de nuestra sociedad y del país entero. </p>
<p style="text-align: justify;">¡¡¡ UN SALUDO… POR PARTIDA DOBLE ¡¡¡</p>
<p style="text-align: justify;"> ¡¡¡FELÍZ DÍA DEL CONTADOR PÚBLICO¡¡¡</p>
<p style="text-align: justify;">CPCC.   Eugenio Augusto Salazar León</p>
]]></content:encoded>
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		<title>CLASES DE PERITOS JUDICIALES</title>
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		<pubDate>Fri, 28 May 2010 05:22:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Peritaje]]></category>
		<category><![CDATA[clases de peritos judiciales]]></category>

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		<description><![CDATA[Según el código de procedimientos penales (art. 165) el código procesal civil (art. 262, 264, 269 y 271) nos ilustran sobre las clases de peritos, así pues que existen tres clases de peritos judiciales: Perito de Oficio, Perito de Parte y Perito Dirimente. a. PERITO DE OFICIO Es cuando sin haber sido ofrecida la prueba [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Según el código de procedimientos penales (art. 165) el código procesal civil (art. 262, 264, 269 y 271) nos ilustran sobre las clases de peritos, así pues que existen tres clases de peritos judiciales: Perito de Oficio, Perito de Parte y Perito Dirimente.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-129"></span></p>
<p><strong>a. PERITO DE OFICIO</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Es cuando sin haber sido ofrecida la prueba de peritos por ninguna de las partes o litigantes el juez y el fiscal (Ministerio Público) ordenan el peritaje porque creen que se requiere de conocimientos especiales (puede ser económico, contable, financieros y otros de otra naturaleza) los que van a auxiliar para vislumbrar hechos controvertidos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>b. PERITO DE PARTE</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Son nombrados o requeridos a solicitud de las partes en litigio, cuya finalidad es presentar sus puntos de vista debidamente fundamentadas. El nombramiento de los peritos de parte no necesariamente debe ser los que figuran en las nóminas oficiales del poder judicial, pueden ser Profesionales Universitarios con experiencia (Contadores, Médicos, Ingenieros, Asistentes Sociales, etc. Depende de la materia que se quiere demostrar).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>c. PERITO DIRIMENTE</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Estos son nombrados por el poder judicial, a fin de deslindar una tercera posición y discrepancias existentes frente a los informes presentados por otros peritos. El juez nombrará de la nómina que figura oficialmente en la corte.</p>
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		<title>EL PERITO COMO AUXILIAR DE JUSTICIA</title>
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		<pubDate>Fri, 28 May 2010 05:19:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Peritaje]]></category>
		<category><![CDATA[perito auxiliar de justicia]]></category>

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		<description><![CDATA[En cuanto al perito, existen dos concepciones: Una considera como asesor de la justicia y otro como auxiliar de la justicia. Así tenemos por ejm. Que el Dr. Antonio Torres Zavala, define el perito contable judicial como un asesor de la justicia. Por otro lado el Dr. Juna Dughi Loredo, considera que el perito contable [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">En cuanto al perito, existen dos concepciones: Una considera como asesor de la justicia y otro como auxiliar de la justicia. Así tenemos por ejm. Que el Dr. Antonio Torres Zavala, define el perito contable judicial como un asesor de la justicia. Por otro lado el Dr. Juna Dughi Loredo, considera que el perito contable judicial es asesor y no auxiliar de la justicia. Sin embargo para la justicia se considera al perito en general como auxiliar de la justicia.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-126"></span></p>
<p style="text-align: justify;">Partiendo del significado de la palabra Auxiliar, que significa, auxilio a alguien que pide o solicita con urgencia por algún problema en el momento que se le presente, estos pueden ser, problemas económicos, políticos, tributarios, otros.</p>
<p style="text-align: justify;">En consecuencia se puede decir que el perito dentro de la justicia es más un auxiliar que un asesor, porque el juez lo requiere en un determinado momento del proceso judicial y es la persona clave para vislumbrar las controversias que se presentan en un caso litigioso, el perito en la justicia entonces es el que ilustra y ayuda a esclarecer dichas controversias que serán plenamente explicadas por el perito.</p>
<p>Y aquí la diferencia del auxiliar con el perito, porque el primero es asesor de su cliente y el perito es auxiliar de la justicia (el perito judicial).</p>
<p style="text-align: justify;">Puede el perito ser un asesor, dentro de su disciplina para casos administrativos de parte, o al cliente a quien le sirve. La presencia del perito es precisamente, para ilustrar al juzgador sobre hechos o controversias donde el magistrado tiene duda por ser una opinión eminentemente científica o técnica. Así el perito participa en las inspecciones judiciales, a requerimiento del juez, para constatar los hechos, objetivos o circunstancias que observan directamente y se describirá en el acta en resumen un pertinente de las observaciones de los peritos.</p>
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		<title>RELACIONES DEL PERITAJE Y LA AUDITORÍA</title>
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		<pubDate>Fri, 28 May 2010 05:19:03 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Peritaje]]></category>
		<category><![CDATA[relaciones de peritaje y auditoria]]></category>

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		<description><![CDATA[La auditoría y el peritaje se relacionan porque básicamente sus normas y procedimientos son los mismos, salvo algunas variantes que sirven para diferenciarlos. Algunos autores y colegas sostienen que el peritaje es un examen especial de auditoría, lo que puede ser cierto en tanto y en cuanto en el trabajo especial de auditoría se opine [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">La auditoría y el peritaje se relacionan porque básicamente sus normas y procedimientos son los mismos, salvo algunas variantes que sirven para diferenciarlos.</p>
<p style="text-align: justify;">Algunos autores y colegas sostienen que el peritaje es un examen especial de auditoría, lo que puede ser cierto en tanto y en cuanto en el trabajo especial de auditoría se opine sobre la exactitud y/o veracidad del trabajo efectuado. Si, son diferentes en cuanto a su origen y destino. En cuanto a su origen la auditoría financiera y operativa es un encargo privado, el peritaje normalmente es público, ordenado por el juez. Con respecto al destino el informe de auditoría sirve a la comunidad de los negocios sean estos accionistas, inversionistas, directores, trabajadores, acreedores, clientes, Estado, etc.; en cambio el Dictamen Pericial, sólo sirve al fiscal, al juez o Tribunal que lo ha solicitado para que lo ayude conjuntamente con el mérito de las otras pruebas, a emitir resolución y/o sentencia.</p>
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		<title>DIFERENCIAS DEL PERITAJE Y LA AUDITORÍA</title>
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		<pubDate>Fri, 28 May 2010 05:17:24 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Auditoria]]></category>
		<category><![CDATA[diferencias]]></category>
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		<description><![CDATA[El peritaje se diferencia de la contabilidad porque aquél se vale de ésta última. La contabilidad es el todo. El peritaje es la especialidad. Se diferencia de la auditoría financiera porque ésta se efectúa a través de pruebas selectivas y como especialidad también de la contabilidad, opina sobre la razonabilidad de los estados financieros. En [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">El peritaje se diferencia de la contabilidad porque aquél se vale de ésta última. La contabilidad es el todo. El peritaje es la especialidad.</p>
<p style="text-align: justify;">Se diferencia de la auditoría financiera porque ésta se efectúa a través de pruebas selectivas y como especialidad también de la contabilidad, opina sobre la razonabilidad de los estados financieros. En cambio el peritaje dictamina sobre aspectos concretos y específicos a los cuales en forma integral y no por muestreo, ha aplicado hasta donde se requiere los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas, los procedimientos y las técnicas propias de la peritación. El peritaje nunca dictamina sobre la razonabilidad de los estados financieros. Siempre concluye sobre hechos concretos.</p>
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		<title>EL PERITAJE CONTABLE JUDICIAL</title>
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		<pubDate>Fri, 28 May 2010 05:02:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[contable]]></category>
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		<description><![CDATA[El Peritaje, también llamado peritación, es la acción de la pericia (Conocimiento, práctica y habilidad en una ciencia, arte u oficio). Es el trabajo y resultado de la labor efectuada por el perito (Persona que posee la pericia. Es el especialista, el experto en una determinada rama del saber humano). Desde el punto de vista [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">El Peritaje, también llamado peritación, es la acción de la <strong><em>pericia </em></strong>(Conocimiento, práctica y habilidad en una ciencia, arte u oficio). Es el trabajo y resultado de la labor efectuada por el <strong><em>perito</em></strong> (Persona que posee la pericia. Es el especialista, el experto en una determinada rama del saber humano).</p>
<p style="text-align: justify;">Desde el punto de vista de la administración de justicia, el peritaje contable es la labor que realiza el Contador Público Colegiado para ayudar al juez en la evaluación de una prueba y pueda tomar decisión en una causa determinada.</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-117"></span></p>
<p style="text-align: justify;">En términos más amplios, el peritaje contable es la labor que realiza el contador público dentro de un proceso judicial, con la finalidad de proporcionar al juzgador argumentos o razones para la formación de su convencimiento respecto de hechos contables y financieros, la determinación de sus características, sus causas y cuantía de sus efectos.</p>
<p style="text-align: justify;">El peritaje por su naturaleza es una actividad procesal que para distinguirse de otras actividades similares extraprocesales que dan origen a informes técnicos y no a dictámenes, es indispensable, <em><span style="color: #000080;">sine qua non</span></em> que sea producto de un mandato o encargo judicial y/o fiscal.</p>
<p style="text-align: justify;">Si bien el peritaje como dice Carnelutti, consiste en un <em>no saber del Juez y un saber del perito</em>, jamás el perito contable deberá opinar sobre cuestiones de derecho ni sobre interpretación de actos jurídicos (Contratos, etc), ni si un hecho tiene ciertos requisitos legales que originen efectos jurídicos a favor o en contra de determinadas personas. De hacerlo estaría rebasando sus límites de actuación, lo cual es y será inaceptable por las partes y por los agentes que intervienen en la administración de justicia.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Libro:</strong> “El Peritaje Contable Judicial” – Alberto Ruiz Caro M.</p>
<p style="text-align: justify;">                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             </p>
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